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SECCIÓN ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

SECCIÓN ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Naturaleza de la Unidad: Consultiva o Asesora

Estructura Orgánica: El personal que la integra

Relaciones:

Dependencia: Dirección General

Coordinación: Todas las unidades de la institución

Objetivo General:

Convertir la información en una herramienta al servicio de la ciudadanía para garantizar el derecho del ciudadano al libre acceso a la i información pública, siguiendo los lineamientos de la Ley General de Acceso a la Información Pública y las normas establecidas por la institución

Funciones Principales:

1. Recibir y tramitar las solicitudes de suministro de información acerca de la institución, siguiendo los lineamientos normativos e institucionalmente establecidos.

2. Sistematizar la información de interés público, tanto para brindar acceso a las personas interesadas, como para su publicación a través de los medios disponibles.

3. Examinar los documentos y actos relativos a los servicios que ofrece la Institución, a fin de que los mismos se ajusten a las disposiciones legales vigentes.

4. Garantizar el acceso directo del público a información básica de la institución a través de publicaciones y medios electrónicos como internet, “Página Web”, etc.

5. Orientar a los ciudadanos o interesados con relación a los trámites y procedimientos que éstos deben seguir para solicitar la información de la institución.

6. Orientar a los ciudadanos respecto de otros organismos, instituciones o entidades que pudieran tener la información que solicitan, si está disponible al público en medios impresos, tales como libros, archivos o cualquier otro medio y la forma en que puede tener acceso a dicha información previamente publicada.

7. Establecer un sistema de demostración de la entrega efectiva de la información al ciudadano, tomando las previsiones técnicas correspondientes, tales como: reglas de encriptación, firma electrónica, certificados de autenticidad, reportes electrónicos, manuales de entrega.

8. Notificar a los solicitantes en caso de que la solicitud deba ser rechazada por alguna de las razones previstas en la ley, y dentro de los plazos que ésta establece.

9. Elaborar reportes estadísticos y balances de gestión en materia de solicitudes de acceso a la información.

10. Realizar cualquier función afín y complementaria que le sea asignada por su superior inmediato.

Estructura de Cargos: Los Cargos de esta Unidad se presentan en el Manual de Cargos Clasificados del Hospital